Ref. B-47: Casa - BEGUR • HUTG-029736 B-47 BEGUR 8PaX
Casa con piscina privada a 600m del centro de Begur
Casa
ALQUILER TURÃSTICO
PaÃs / ProvÃncia
España - Gerona / Girona
Localidad y zona
BEGUR - BEGUR
Capacidad
4 dormitorio(s) / 8 ocupantes
Superficie
170 m2
Piscina
Si - Privada
Alquiler turÃstico
CaracterÃsticas
Descripción
Bonita casa unifamiliar con piscina privada de agua salada en Begur, Costa Brava a 10 minutos en coche de Sa Riera
Capacidad para 8 personas, una agradable terraza y un jardín con piscinade agua salada.
En la planta principal se encuentra la cocina, totalmente equipada y con instalacion de osmosis, el salon comedor con acceso a una terraza ideal para comidas al aire libre, dos habitaciones dobles, una con dos camas y la otra con cama doble, un baño completo con bañera y un aseo.En la planta inferior hay dos habitaciones dobles con camas individuales y un baño completo con bañera.
Dispone de WiFi. Hay ventiladores instalados en la casa.
Desde la terraza hay bonitas vistas a la montaña donde se pueden disfrutar de espectaculares puestas de sol.
Le recordamos que las sabanas y las toallas no están incluidas en el precio, se pueden alquilar por un suplemento de 10 € por persona en sábanas y 10 € por persona en toallas. Háganos saber si está interesado, para que podamos tenerlo todo preparado a su llegada.
Para cualquier duda sobre esta propiedad, no dude en contactar con nosotros.
Esta piscina al ser de agua salada no tendá problemas de mantenimiento ni llenado. El cesped es artifical.
Restricciones de agua: Les informamos que según el decreto ley 1/2023 de 28 febrero, por la sequía extrema que estamos viviendo, está prohibido regar el césped de cualquier propiedad privada. Asimismo, existen restricciones en la cumplimentación de piscinas y el consumo humano. Ante esta excepcionalidad no podemos garantizar el estado de jardines y piscinas, ni las posibles restricciones de uso de las mismas. Lamentamos las molestias que pueda causar. RESOLUCIÓ ACC/747/2023, de 6 de març
Situación de sequía.
Serán de obligado cumplimiento por ambas partes contratantes las medidas para gestionar los episodios de escasez de agua en el territorio que acorde la Generalitat de Catalunya y/o otras administraciones públicas competentes. En cumplimento de la normativa pueden quedar afectados servicios que no se podrán llevar a cabo con normalidad sin que este hecho comporte ningún tipo de indemnización.